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La nueva normativa sobre control de horario para las empresas, publicada en el BOE, exige el registro digital y accesible de la jornada laboral, incluyendo la hora de entrada, salida y descansos. El objetivo es garantizar el cumplimiento de la reducción de jornada a 37,5 horas semanales y facilitar el control de la Inspección de Trabajo.
Se prohíbe el uso de sistemas analógicos y se requiere un sistema fiable que permita la interconexión con la Inspección.

Detalles de la nueva normativa:
Registro digital obligatorio: Todas las empresas deben implementar un sistema de registro horario digital, eliminando el uso de papel o Excel.
Registro completo: Se debe registrar toda la jornada laboral, incluyendo la hora de entrada, salida, descansos y cualquier tiempo de inactividad.
Sistema fiable y seguro: El sistema debe ser fiable, inmutable y garantizar la integridad de los datos.
Acceso de la Inspección: La Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberá poder acceder al sistema de forma remota.
Conservación de registros: Los registros deben conservarse durante al menos 4 años.

Consecuencias para las empresas:
Cumplimiento de la ley: Las empresas deben adaptarse a la nueva normativa y adoptar un sistema digital de registro horario.
Evitar sanciones: El incumplimiento de la normativa puede acarrear sanciones.
Beneficios: Un sistema digital de registro horario puede facilitar la gestión de la jornada laboral, mejorar la transparencia y garantizar el cumplimiento de la normativa.