La nueva normativa sobre control de horario para las empresas, publicada en el BOE, exige el registro digital y accesible de la jornada laboral, incluyendo la hora de entrada, salida y descansos. El objetivo es garantizar el cumplimiento de la reducción de jornada a 37,5 horas semanales y facilitar el control de la Inspección de Trabajo.
Se prohíbe el uso de sistemas analógicos y se requiere un sistema fiable que permita la interconexión con la Inspección.
Detalles de la nueva normativa: Registro digital obligatorio: Todas las empresas deben implementar un sistema de registro horario digital, eliminando el uso de papel o Excel. Registro completo: Se debe registrar toda la jornada laboral, incluyendo la hora de entrada, salida, descansos y cualquier tiempo de inactividad. Sistema fiable y seguro: El sistema debe ser fiable, inmutable y garantizar la integridad de los datos. Acceso de la Inspección: La Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberá poder acceder al sistema de forma remota. Conservación de registros: Los registros deben conservarse durante al menos 4 años.
Consecuencias para las empresas: Cumplimiento de la ley: Las empresas deben adaptarse a la nueva normativa y adoptar un sistema digital de registro horario. Evitar sanciones: El incumplimiento de la normativa puede acarrear sanciones. Beneficios: Un sistema digital de registro horario puede facilitar la gestión de la jornada laboral, mejorar la transparencia y garantizar el cumplimiento de la normativa.
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